miércoles, 8 de junio de 2016

MARCO LEGAL DE LA PROFESION DE TECNOLOGIA MEDICA

¿QUÉ LEYES EXISTEN ACERCA DE LA LA PROFESION DE TECNOLOGÍA MÉDICA?

Ley del trabajo profesional del Tecnólogo Médico:

LEY 28456:




Ley de creación del Colegio Tecnólogo Médico del Perú:


¿QUE INSTITUCIONES RESPALDAN AL EJERCICIO PROFESIONAL DEL TECNOLOGO MEDICO?

  • Colegio Tecnologo Medico del Perú:
El Colegio Tecnólogo Médico del Perú es una institución autónoma de derecho público interno sin fines de lucro, creado por la Ley N° 24291, que representa los profesionales de Tecnología Médica con criterios de equidad, eficiencia y calidad y dentro de los principios y valores éticos, morales y deontológicos, vigilando e impidiendo el ejercicio ilegal de la profesión de Tecnología Médica.


Consejo Nacional 
Miembros directivos: 
-Decano Nacional 
-Vicedecano 
- Secretario del interior 
-Secretario del exterior 
-Tesorero 
-1° Vocal 
-2° Vocal

• Consejos Regionales (10) 
Miembros directivos: 
-Presidente 
-Secretario 
-Tesorero 
-1° Vocal 
-2° Vocal

•Consejos Regionales 

- I Consejo.

El Consejo Regional I, está formado por Licenciados Tecnólogos Médicos que realizan sus actividades profesionales en los departamento Lima, Callao e Ica, es una institución cuyo objetivo principal es promover el desarrollo, progreso y prestigio de la profesión de Tecnología Médica, colaborando activamente en el desarrollo de los pueblos, mejorando la calidad de vida y salud de sus habitantes, dentro de las competencias de cada especialidad con calidad y de acuerdo a las normas y principios éticos que rigen nuestra digna profesión. 


- II Consejo.

El Consejo Regional II, está formado por Licenciados Tecnólogos Médicos que realizan sus actividades profesionales en los departamentos de Lambayeque, Amazonas, Cajamarca, San Martín.


- III Consejo.

El Consejo Regional III, está formado por Licenciados Tecnólogos Médicos que realizan sus actividades profesionales en los departamentos de Arequipa, Moquegua, Tacna y Puno.


- IV Consejo.

El Consejo Regional IV, está formado por Licenciados Tecnólogos Médicos que realizan sus actividades profesionales en los departamentos de Huancavelica, Ayacucho y Junín.


- V Consejo.

El Consejo Regional V, está formado por Licenciados Tecnólogos Médicos que realizan sus actividades profesionales en los departamentos de Ancash.


- VI Consejo.

El Consejo Regional VI, está formado por Licenciados Tecnólogos Médicos que realizan sus actividades profesionales en los departamentos de Cusco, Apurímac, y Madre de Dios.


- VII Consejo.

El Consejo Regional VII, está formado por Licenciados Tecnólogos Médicos que realizan sus actividades profesionales en los departamentos de Huánuco, Pasco y Ucayali.


- VIII Consejo.

El Consejo Regional VIII, está formado por Licenciados Tecnólogos Médicos que realizan sus actividades profesionales en el departamento de Loreto.

- IX Consejo.

El Consejo Regional IX, está formado por Licenciados Tecnólogos Médicos que realizan sus actividades profesionales en el departamento de Trujillo.


- X Consejo.

El Consejo Regional X, está formado por Licenciados Tecnólogos Médicos que realizan sus actividades profesionales en los departamentos de Piura y Tumbes.





No hay comentarios:

Publicar un comentario